El Juzgado Décimo Segundo de Distrito en el estado de Guanajuato negó la suspensión definitiva solicitada por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) de León y por una persona que se ostentó como representante del CCE de Irapuato, en un juicio de amparo promovido para revertir su remoción del Comité Técnico del FIDESSEG y frenar una reforma normativa impulsada por el Gobierno del Estado.
La autoridad judicial concluyó que otorgar dicha suspensión afectaría el interés social y contravendría disposiciones de orden público, ya que el fideicomiso tiene como propósito financiar proyectos sociales dirigidos a los sectores más vulnerables de la población. “No se satisface el requisito legal para otorgar la suspensión, pues se priva a la sociedad de beneficios colectivos”, resolvió el juez.
Además, el juzgado dejó firme que el promovente del amparo no cuenta con la representación legal del Consejo Coordinador Empresarial de Irapuato, ya que esta recae exclusivamente en su presidente o en la persona que él designe. Por lo tanto, la participación de dicho promovente fue considerada improcedente.
El intento por frenar la reforma también fue desestimado, ya que se reafirmó que los consejos coordinadores empresariales mantienen cinco espacios dentro del Comité Técnico del FIDESSEG, garantizando su presencia en la toma de decisiones del fideicomiso.
Con esta resolución, se fortalece la legalidad del proceso emprendido por el Gobierno del Estado, bajo el modelo del “Gobierno de la Gente”, que busca una gestión transparente, eficaz y orientada al bienestar colectivo.

